La noticia llegó a los medios gracias al activismo del colectivo LGBTIQ+, pero con demoras, vacilaciones y abordado con una perspectiva cis-sexista que reproduce violencia hacia la ciudadanía travesti-trans. La desconfianza, patologización y criminalización sobre la vida de Tehuel fueron los temas mayormente difundidos por los medios de comunicación que casi no mencionan los nombres de los únicos sospechosos hasta el momento: Luis Alberto Ramos y Oscar Montes, imputados por delitos de falso testimonio y encubrimiento.
Este 17 de mayo se cumplieron catorce años de la eliminación de la homosexualidad de la lista de enfermedades hecha por la Organización Mundial de la Salud. Hoy, en esa fecha, se celebra el Día Internacional contra la discriminacion por identidad de género y orientación sexual.Nos cuestionamos entonces, ¿por qué para nombrar esta discriminación se usa la palabra «fobia»? La fobia es el odio o antipatía intensos por alguien o algo. Es este el odio que agrede, lastima, hace desaparecer personas e incluso, mata. ¿Qué vidas valen más?
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hace referencia en su informe que las violencias contra las personas LGBT se enfocan como una violencia social contextualizada, entendiendo que los “crímenes de odio” se comprenden mejor bajo el concepto de violencia por prejuicio contra las orientaciones sexuales y las identidades de género no normativas.
La violencia por prejuicio es una aberración social, que se dirige contra grupos sociales específicos, como lo es la ciudadanía travesti-trans. El cis-sexismo es una práctica de violencia naturalizada que se resume en la jerarquización de las personas cis por sobre las personas LGBTIQ+. El hecho de pensar que las personas cis (aquellas que se perciben segun su sexo al nacer y responden dentro del sistema de esta manera) son más “verdaderas”, “reales” o “morales” que las no binaries/travestis/trans es una jerarquización en la que se distribuyen una serie de privilegios de manera desigual. Es lo que lleva a que una persona por fuera de la norma se la quiera desaparecer.
Acceder al trabajo conlleva no solo la posibilidad de obtenerlo, sino el acceso a otros derechos. No podemos pensar en una posición laboral digna sin una casa digna, sin educación, sin un sistema de salud acorde a las necesidades de cada identidad. Como consecuencia de esto, el 90% de la ciudadania travesti-trans subsiste ejerciendo la prostitución. Un informe de 2020 del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), da cuenta de que casi todas las personas trans-travesti de la Argentina viven en la pobreza y la indigencia, dado que fueron expulsades de su núcleo familiar durante la juventud por rechazar su identidad de género.
Marlene Wayar, en una nota de Página/12, dice: “No nos ven cuando somos niñas, nos ven recién cuando somos punibles”. Queda expuesta aquí entonces la importancia de la Educación Sexual Integral, ya que la ley 26.150 se ajusta a las distintas etapas del desarrollo y el entendimiento para que desde niñes comprendan que son sujetos de derecho. Esto se traduce en que un niñe pueda comprender que no está mal percibirse con una identidad distinta a su sexo asignado al nacer.
A esta violencia se le suma la de un Estado ausente, a través del poder punitivo, y allí es donde reside la cuestión a abordar en este caso. Es decir que no solo hay una sociedad que pretende mantener el orden establecido con desapariciones, travesticidios y transfemicidios, sino que perpetúa el castigo constantemente por ser lx otrx, esa otredad que incomoda.
Cupo laboral
El Gobierno nacional creó a través del Decreto N° 721/2020 un cupo laboral travesti trans en el sector público, sumamente necesario pero poco abarcativo. Dicho decreto garantiza un mínimo del 1% de la totalidad de cargos y contratos para personas travestis, transexuales y transgénero, en empleos del sector público nacional, pero apenas se asoma a cubrir las realidades y necesidades de dichas ciudadanias. En principio, porque se está obligando a que ingresen en un sistema que está pensado patriarcalmente, el mismo que les expulsa hacia el fondo, hacia la periferia, constantemente y con suerte. Tehuel, sin ir más lejos, fue en búsqueda de un supuesto trabajo: para quienes no acceden a los derechos personalísimos básicos y mínimos es corriente decir “supuesto”.
¿Puede realmente un decreto plantear una garantía de derecho? Las leyes que buscan proteger la “moral pública” o la “conducta apropiada”, y las leyes que penalizan la conducta considerada como “indecente”, “obscena”, “provocativa” o “afrentas contra la moral pública y las buenas costumbres”, ejercen violencia. El Estado argentino ha reconocido que, en algunas provincias, la policía utiliza códigos específicos (Código de Faltas y Códigos Contravencionales) para criminalizar, acosar y perseguir a personas LGBT.
Lo grave de este contexto son las faltas de denuncias y estadísticas oficiales que reflejen la violencia que enfrentan las personas LGBTIQ+. La CIDH señaló que muchos casos de violencias contra las personas de este colectivo no se denuncian, ya que temen por represalias, no quieren identificarse como parte del colectivo o simplemente no confían en la policía o en el sistema judicial.
Además, los mecanismos de recolección de datos sobre estas violencias son muy limitados. Las estadísticas oficiales de los países son insuficientes, y generalmente se debe recurrir a fuentes complementarias de información, tales como la cobertura periodística en medios de comunicación, informes de organizaciones de la sociedad civil y otras fuentes que realizan monitoreo.
Otro factor que afecta a la comunidad es la falta de perspectiva de género en la sociedad en general, pero especialmente en el Estado. En el caso de Tehuel, el desconocimiento alevoso y sin replanteos en torno a las masculinidades trans. Es realmente grave que estas violencias sigan completamente silenciadas.
Si nos enfocamos en los agentes de policía, fiscales y autoridades forenses, la falta absoluta de capacitación también puede producir registros imprecisos y ejercer violencia desde este lugar. Porque, por ejemplo, cuando las víctimas que son personas trans son registradas según su sexo asignado al nacer, su identidad de género no es reflejada en los registros. Las mujeres trans con frecuencia son identificadas en los registros públicos como “hombres vestidos con ropa de mujer”.
Todo esto que se encuentra completamente sistematizado, sigue obstaculizando cualquier tipo de respuesta efectiva por parte de las dependencias del Estado. Tal como sucede hoy con el caso de Tehuel, necesitamos que se efectivicen sus derechos y garantías, La falta de entendimiento y comprensión, de ignorancia y desconocimiento, sostienen y fomentan que se siga excluyendo, desapareciendo, discriminando y matando diariamente a dicha ciudadanía. ¿Cuales son las vidas que importan?